Sacrosanctum Concilium: Artículo 3

By Michael Joncas, post originally appeared September 24, 2012; en español, February 1, 2026

[Este artículo forma parte de una serie que se extenderá durante todo un año y que revisa el Sacrosanctum Concilium. Coincidiendo con los 100 años de renovación litúrgica en Estados Unidos, respondemos a la invitación del Papa León XIV a releer los documentos del Concilio Vaticano II con una perspectiva renovada.

This is part of a year-long series re-examining Sacrosanctum Concilium.  Coinciding with 100 years of liturgical renewal in the United States, we are responding to Pope Leo’s invitation to reread the documents of Vatican II with ‘fresh eyes.’ Find the commentary in English here.]

Texto en latín:

Quare Sacrosanctum Concilium, de fovenda atque instauranda Liturgia quae sequuntur principia censet in mentem revocanda et practicas normas statuendas esse.
Inter haec principia et normas nonnulla habentur quae tum ad Ritum romanum tum ad omnes alios Ritus applicari possunt ac debent, licet normae practicae quae sequuntur solum Ritum romanum spectare intellegendae sint, nisi agatur de iis quae ex ipsa rei natura alios quoque Ritus afficiant.

Traducción al español de la página oficial del Vaticano:

Liturgia y ritos

3. Por lo cual, el sacrosanto concilio estima que han de tenerse en cuenta los principios siguientes, y que se deben establecer algunas normas prácticas en orden al fomento y reforma de la Liturgia. Entre estos principios y normas hay algunos que pueden y deben aplicarse lo mismo al rito romano que a los demás ritos. Sin embargo, se ha de entender que las normas prácticas que siguen se refieren sólo al rito romano, cuando no se trata de cosas que, por su misma naturaleza, afectan también a los demás ritos.

El artículo tres constituye una transición del preámbulo doctrinal que aparece en los artículos 1 y 2 hacia el tratamiento de temas específicos relativos a la reforma, la restauración, la renovación y la promoción de la Liturgia, que se abordarán en los capítulos siguientes.

Considero que es importante por dos razones: 

1) Establece el patrón que se repetirá a lo largo del documento, al proporcionar un fundamento doctrinal para las normas, las directrices y las exhortaciones prácticas que se presentan. 

2) Aclara que, si bien los fundamentos doctrinales se aplican a todos los ritos litúrgicos católicos, la mayoría de las normas, las directrices y exhortaciones prácticas solo se aplican al rito romano. Esto se desarrollará con mayor detalle en el siguiente artículo, donde espero que analicemos por qué los Padres Conciliares consideraron necesario declarar la igual dignidad de los diversos ritos.

Michael Joncas Ordenado sacerdote en 1980 en la Arquidiócesis de St. Paul-Minneapolis, Minnesota, el Padre (Jan) Michael Joncas es licenciado en Filología Inglesa por el (entonces) College of St. Thomas en St. Paul, Minnesota, y en Estudios Litúrgicos por la Universidad de Notre Dame, Indiana, y el Pontificio Instituto Litúrgico del Ateneo S. Anselmo en Roma. Ha ejercido como vicario parroquial, capellán universitario y administrador parroquial (párroco). Es autor de seis libros y más de doscientos cincuenta artículos y reseñas en revistas como Worship, Ecclesia Orans y Questions Liturgiques. Ha compuesto y arreglado más de 300 piezas de música litúrgica. Se jubiló como profesor de los departamentos de Teología y Estudios Católicos, y como Artista Residente e Investigador en Estudios Católicos en la Universidad de St. Thomas, St. Paul, Minnesota.

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